Las aguateras de Alto Paraná decidieron alzar sus tarifas por el servicio en forma ilegal. Esto es lo que informo la “Aguataría Naciente” de la ciudad de Presidente Franco a sus usuarios. Hay recordar que el Ente Regulador de Servicios Sanitarios (ERSSAN) es quien debe autorizar cualquier tipo de suba. En este caso no hay ninguna disposición. En base a los comunicados se elevó el pago mínimo y el precio por consumo. Para argumentan la determinación culpan al mal servicio de la ANDE y a la suba del precio del combustible, salario mínimo, entre otros.
En una “notificación”, poco seria, la “Aguataría Naciente” de la ciudad de Presidente Franco, informó que “todas las aguateras privadas de Alto Paraná en forma conjunta notificamos que a partir del mes de (noviembre de 2018) el precio mínimo del agua será de 50.000 GS por 10.000 litros de agua. 10.000 más que el anterior. Y el excedente por cada 1.000 litros sería a 4,5 guaraníes el litro”.
Después da una serie de ejemplos de cuánto van a pagar los consumidores de acuerdo al consumo del vital líquido.
Pero sin duda llama la atención los argumentos para alzar el costo. Culpan al mal servicio de la ANDE, a la suba del combustible, del salario mínimo, y que no existe un reajuste desde 2012. No mencionaron el alza del dólar.
La determinación de la suba no gusto a los usuarios debido a que se quejan del mal servicio. Los de la aguataría Naciente, dice que ahora van a mejorar, como ya lo vienen haciendo.
Pero en ninguna parte menciona si la suba de la tarifa fue o no autorizada por la ERSSAN como debe ser. En el mencionado ente regular informaron que no autorizaron ninguna suba.
Atendiendo a los datos obtenidos en el mencionado ente estatal “la tarifa es el precio que cobra el prestador al usuario a cambio del servicio público domiciliario recibido, el cuál debe estar claramente identificado en la factura. Esta tarifa deberá ser el resultado del cálculo tarifario realizado de acuerdo a la Reglamentación Tarifaria emitida por el Ente Regulador de Servicios Sanitarios (ERSSAN)”.
Indicaron que, en todos los casos, será obligación del ERSSAN la aprobación de las tarifas.
Explicaron además que es el titular del servicio (en este caso las aguateras) son las que establecen la tarifa con estricta sujeción al Reglamento Tarifario regulado por el ERSSAN.
El prestador debe solicitar al ERSSAN el ajuste tarifario, éste evalúa y estudia dicho pedido. Si amerita un ajuste tarifario el ERSSAN aprueba las nuevas tarifas y envía al TITULAR DEL SERVICIO (aguateras) para someterlas a consideración.
El prestador no puede en ningún caso incrementar las tarifas del servicio «de por si», es decir en forma unilateral.